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Caso Ciccone: Núñez Carmona también consiguió la libertad condicional, con la crítica del juez que se la concedió

José María Núñez Carmona (archivo/ Maximiliano luna)
José María Núñez Carmona (archivo/ Maximiliano luna)

José María Núñez Carmona, el amigo del ex vicepresidente Amado Boudou, accedió hoy a la libertad condicional, luego de que la Justicia le diera por cumplida las dos terceras partes de su condena en la causa Ciccone. Según revelaron a Infobae fuentes judiciales, el fallo fue dictado por un juez que se encargó de aclarar que no estaba de acuerdo con otorgar el beneficio porque el caso fue un hecho de “corrupción”, pero el aval del fiscal y la jurisprudencia así lo imponían.

La decisión que favoreció a Núñez Carmona fue tomada el viernes pasado, el mismo día en el que se firmaba la libertad condicional de José López, el ex secretario de Obras Públicas del kirchnerismo condenado por enriquecimiento ilícito para hacerse efectiva a partir de hoy, domingo, cuando le retiren la tobillera electrónica, pudo saber Infobae. Según se dispuso, Núñez Carmona -que se encontraba en arresto domiciliario desde agosto- no podrá mudarse sin dar aviso al tribunal y se le prohibió la salida del país. El fallo también indicó que no podrá “cometer nuevos delitos” y deberá “someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal”, que lo vigilaba hasta ahora en su arresto domiciliario.

Núñez Carmona fue condenado a cinco años y medio de cárcel por los delitos de cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública. En diciembre del 2020, la Corte Suprema confirmó esa sentencia, en medio de las quejas del oficialismo. La pena impuesta en su contra finalizará el 7 de febrero de 2024.

Boudou y Núñez Carmona (archivo)
Boudou y Núñez Carmona (archivo)

La suerte de Núñez Carmona siempre estuvo atada a la de Boudou. De hecho, durante el macrismo, entró y salió de prisión tantas veces como el ex vicepresidente. Fue detenido en la mañana del 3 noviembre de 2017, al igual que Boudou, por orden del juez Ariel Lijo en una causa en donde se los investiga por asociación ilícita. La Cámara Federal los liberó.

En agosto de 2018, el día de la sentencia en el caso Ciccone, a los dos los dejaron presos. Mientras Boudou recibió cinco años y diez meses de cárcel, a su amigo le tocaron cinco años y medio por los mismos delitos. A fines de diciembre de 2018, Boudou consiguió que el TOF lo liberara porque su sentencia no estaba firme, y Núñez Carmona siguió sus pasos. A los dos, Casación les revocó esa decisión y el amigo de Boudou fue a entregarse a los tribunales de Comodoro Py. Desde entonces, Nuñez Carmona estuvo preso.

La paridad entre Boudou y Núñez Carmona en la causa se rompió el año pasado. Es que el empresario de Mar del Plata tuvo menos suerte que su amigo Boudou a la hora de poder salir de la cárcel y conseguir la libertad. El juez Daniel Obligado le otorgó al ex vicepresidente la prisión domiciliaria en abril del 2020, apenas comenzó la pandemia, pero a Núñez Carmona se la denegó pese a que integraba los grupos de riesgos hipertensión, insuficiencia cardíaca, haber sido recientemente sometido a una angioplastia, y obesidad”-. Núñez Carmona recién consiguió el arresto domiciliario en agosto del 2020 para ir a cuidar a su madre, de 93 años, a un departamento de Mar del Plata.

Amado Boudou en el juicio oral (Reuters)
Amado Boudou en el juicio oral (Reuters)

Boudou –que había sido condenado a cinco años y diez meses, es decir cuatro meses más que él- consiguió la libertad condicional en julio pasado. Fue porque el juez Obligado le reconoció a Boudou diez meses de estímulo educativo por los cursos que habían hecho tanto tras las rejas como arrestado en su casa. Luego se le sumó un mes más en su beneficio, tras una apelación. Eso agilizó sus tiempos para poder tener por acreditada las dos terceras partes de su condena. A Núñez Carmona, en cambio, solo le avalaron cinco meses de estudios -cuatro primero y otro después, apelación mediante-.

Así las cosas, Núñez Carmona consiguió recién ahora su libertad condicional. El juez Ricardo Basílico, actuando como juez de ejecución del Tribunal Oral Federal 4, firmó la resolución de libertad condicional tras oír el aval de la fiscalía, porque el comportamiento de Núñez Carmona “fue acorde a lo esperado respecto del régimen de prisión domiciliaria” y “no se advirtieron de momento elementos que obstaculicen la incorporación al régimen” de libertad condicional.

Sin embargo, Basílico dejó expresado que él no estaba de acuerdo en este beneficio, en sintonía con lo que ya había expresado en la causa contra el ex secretario de Obras Públicas José López –liberado en la noche del viernes pasado, luego de que tres fiadores pusieran a disposición bienes por 14,5 millones y medio de pesos-.

juez Ricardo Basílico
juez Ricardo Basílico

“Si bien coincido en cuanto a que el requisito temporal que prevé el beneficio se encuentra cumplido y los informes de los distintos organismos especializados intervinientes son positivos, en casos como el aquí planteado, debe también sumarse otro parámetro de análisis, pues conforme lo establecido por el art. 30 -punto 5- de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción: ‘cada Estado Parte tendrá en cuenta la gravedad de los delitos pertinentes al considerar la eventualidad de conceder la libertad anticipada o la libertad condicional a personas que hayan sido declaradas culpables de esos delitos’”, escribió.

Y tras recordar los “los compromisos internacionales contraídos” por la Argentina para “combatir la corrupción en todas sus formas”, Basilico afirmó: “Los hechos por los cuales Núñez Carmona fue condenado resultan de sustancial gravedad y que ello de algún modo obstaculiza la posibilidad de otorgar una libertad anticipada, de acuerdo con los compromisos internacionales que el Estado Argentino suscribió para aunar los esfuerzos y poder prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”.

“Habiendo dejado sentada mi postura, he de hacer lugar a la incorporación de José María Núñez Carmona al régimen de libertad condicional, dado que al no mediar contradicción entre el pedido de la defensa y la postura favorable del Ministerio Público Fiscal -cuyo dictamen supera el control de logicidad y fundamentación-, lo solicitado por el fiscal constituye el límite que tiene el órgano jurisdiccional para pronunciarse y, consecuentemente, el Tribunal no puede ir más allá de la pretensión requerida por la acusación”, escribió.

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