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Así funcionarán los servicios y el comercio este lunes y martes feriado – Telesol Diario

Este lunes 7 de diciembre, feriado puente y el martes 8, feriado nacional por el Día de la Inmaculada Concepción, la mayoría de los servicios no funcionarán, pero algunos sí desarrollarán sus actividades.

  • Comercio: normal.
  • Colectivos: circularán con frecuencia reducida.
  • Bancos: permanecerán cerrados.
  • Administración pública: permanecerá cerrado.
  • Salud: en los hospitales habrá una guardia mínima de atención médica.
  • Estaciones de Servicio: funcionarán con normalidad.
  • Remises y taxis(base): normal.

Municipalidad de Capital:

  • Recolección de Residuos: Actividad Normal.
  • Sistema Easy: Actividad Normal.
  • Recolección de verdes: Sin actividad.
  • Servicio de Emergencia Municipal: Guardia mínima para reclamos.
  • Cementerio: funcionamiento habitual de 8 a 13 y de 16:30 a 20.
  • Servicios Fúnebre – Guardia mínima.
  • Mercado de Abasto y Feria Municipal: lunes sin actividad y el martes 8 actividad normal, en horario de 6 a 13.
  • ECO sin actividad.
  • Monitores Urbanos, día 7 sin actividad y el 8 de diciembre con guardias mínimas.
  • Playa de Remoción: Guardia mínima ambos días.
  • Cuerpo de inspectores municipales de Comercio trabajan de corrido tanto el 7 como el 8 de 9 a 21.
  • Policía Comunal: trabajo habitual

¿Cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable?

El artículo 166 de la Ley N° 20744 de Contrato de Trabajo establece que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.

El artículo 167 dispone que en los días no laborables el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador.

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