La causa por la trágica muerte de Lucía Rubiño ha dado un nuevo giro importante. La Corte de Justicia de San Juan decidió rechazar el recurso presentado por la defensa del menor acusado, conocido como N.M., y confirmó la calificación de homicidio con dolo eventual, acercando así el proceso a un juicio oral.
Con esta resolución, el máximo tribunal provincial respalda las decisiones previas de la jueza de Menores María Julia Camus y del Tribunal de Impugnación, que ya habían sostenido la acusación en los mismos términos. Este fallo fue firmado por los miembros de la corte Juan José Victoria, Guillermo De Sanctis, y Marcelo Lima, quien actuó como sustituto tras la inhibición de uno de los miembros del cuerpo.
El abogado defensor, Nasser Uzair, había solicitado que se reconsiderara la calificación legal a homicidio culposo, que prevé penas más leves de entre 2 y 5 años de prisión, en contraste con las condenas de 8 a 20 años que se aplican en caso de dolo eventual. Según su interpretación, el artículo 485 del Código Penal Juvenil establece que un menor no puede recibir una pena más severa que un adulto involucrado en el mismo hecho.
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