El Ministerio de Educación, a través de la Oficina de Registro de Títulos y Legalizaciones, informa que para cualquier trámite no es necesario el sello de confrontado en los títulos digitales con código QR.
Por lo tanto, se recuerda que los títulos digitales con código QR se rigen por la normativa vigente, establecida en la Resolución CFE 440/23.
Esta resolución, en su artículo primero, indica que “la emisión de los títulos y certificados correspondientes a estudios completos de educación secundaria y de educación superior, ofrecidos por las instituciones educativas de todo el país, se realizará en forma digital de acuerdo con los diseños, formatos, plazos y procedimientos que se establezcan para el Sistema Federal de Títulos a esos efectos, en el marco de la implementación del Sistema Integral de Información Digital Educativa (SInIDE)”.