En el Decreto 614/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso que los feriados nacionales que coincidan con sábado o domingo podrán moverse al viernes inmediato anterior o al lunes siguiente, según lo disponga la autoridad competente.
De ese modo, se apunta a completar un vacío legal en la Ley 27.399, que regula los feriados nacionales pero no especificaba qué hacer en los casos en que caen en fines de semana.
No obstante, la medida no modifica el régimen de los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en su fecha original sin posibilidad de traslado.
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