Tanto los profesionales del Ministerio de Salud de la provincia como los de la Dirección de Género del Ministerio de Familia y Desarrollo Humano tienen pautada la atención a las víctimas de violencia de género, desde el primer contacto que realizan. Existe un protocolo o procedimiento operativo general que toma como antecedente las normativas vigentes, puntualmente la Ley Provincial 989-E y la Ley Nacional 26.485.
Este proceder garantiza que los equipos técnicos cuenten con herramientas claras y efectivas para que las personas afectadas sean tratadas con sensibilidad, rapidez y eficacia. Y que a su vez, las intervenciones se basen en principios de confidencialidad, gratuidad, dignidad, no victimización y respeto por los derechos humanos.
Para reforzar el trabajo en cada territorio y para recordar aspectos fundamentales establecidos según las premisas tenidas en cuenta por profesionales del departamento de Medicina Asistencial del Ministerio de Salud, en las últimas semanas, se han realizado encuentros desde la Dirección de Género, con las áreas de trabajo específicas de los distintos municipios. Es el caso de Rivadavia, Zonda, Ullum y Calingasta, entre otros.
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