Reforma laboral: qué cambia para las trabajadoras de casas particulares y qué derechos se mantienen
La reforma laboral sancionada por la Cámara de Senadores incorporó modificaciones específicas en el régimen que regula el trabajo en casas particulares, un sistema con reglas propias y diferenciadas del contrato de trabajo general. Lejos de alterar su estructura central, la normativa introduce ajustes puntuales que inciden en la etapa inicial de la relación laboral y en aspectos formales vinculados a la documentación y registración.
Uno de los cambios más significativos es la ampliación del período de prueba. A partir de ahora, ese tramo podrá extenderse hasta seis meses, dependiendo de la modalidad de contratación. Durante ese tiempo, el empleador conserva la posibilidad de finalizar la relación sin abonar indemnización por antigüedad. Sin embargo, continúa obligado a pagar salarios y realizar los aportes correspondientes mientras el vínculo esté vigente. La modificación implica que la estabilidad plena de la trabajadora se consolida luego de un plazo más amplio que el previsto anteriormente.
La reforma también incorpora herramientas orientadas a modernizar la formalización del empleo doméstico. Desde ahora, la transferencia bancaria pasa a ser reconocida como medio válido para acreditar el pago del salario, constituyéndose en prueba suficiente del cumplimiento de esa obligación. En la misma línea, se habilita la emisión de recibos electrónicos, con el objetivo de simplificar la documentación y reforzar la trazabilidad de los pagos.
El régimen continúa estableciendo que el empleador debe proporcionar ropa de trabajo cuando la tarea lo requiera. No obstante, se habilita la posibilidad de reemplazar esa provisión por una compensación económica acordada entre las partes. Ese monto tendrá carácter no remunerativo y no integrará el salario básico.
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